Las artes y el juicio estético
Ante los discursos y códigos de las disciplinas creativas integrantes del cultosistema posmoderno, la Estética se presenta —y exige ser abordada— cual conjunto de paradigmas robustecidos por afluentes procedentes de distintas disciplinas, experiencias e intereses significantes, empíricamente verificables, por demás. Su función primaria es guiar una particular percepción y realidad del mundo; constituida en contenidos de la producción y la apreciación artísticas. Hablar de “realidad del mundo” refiere lo aprehendido desde una singularidad con vocaciones que actúan hacia sí y desde sí, motivada por el ímpetu vocacional y colectivizante. Es esta la cuna donde incuban, se prefiguran, idean y realizan las intensiones que, adquiriendo corporeidad, pueblan esa dimensión dualista: intangible y fáctica. También, germen de una convocatoria a los sentidos humanizados y a la razón: a dialogar para enriquecer por igual lo tangible y lo intangible; lo exterior y lo interior. Su resultado esperado: incrementar el corpus y complejidad de las artes; ampliar sus nociones: el convencionalismo renovante, verbigracia. Desde su especificidad, las artes desarrollan una misión específica: robustecer lo humano en individuos y colectivos. Lo hacen entregando bienes y servicios imaginarios y sensibles, sin importar sus formas de existencia. Discernir estéticamente es determinar cómo esta misión se realiza. Aunque muchos lo postulen, entonces, el juicio estético no es subjetivo. Formado en interrelaciones establecidas por una singularidad, el individuo, al contacto con una obra singular —dentro del universo de obras— y particular —dentro del Opus de un artista—. El pretendido carácter subjetivo de la apreciación surgida de esa interrelación —conversación entre objeto, sujeto e individuos, de lo que en cada persona “forma” como emoción y pensamiento al observar o consumir arte escrito, visual o espacial— carece de asidero, según lo postuló Immanuel Kant en sus críticas a las razones práctica y pura. Agregamos algunos argumentos al respecto. El primero: el juicio está afectado por quien después de consumir arte, lo emite. ¿Quién es este individuo? ¿Cuál, su formación? ¿Conoce los aspectos que definen el código expresivo del artista? ¿Se confiere derecho de censura capaz de negar el del artista a la libre expresión? ¿Valora la obra y al artista desde su exclusivo sistema de ideas y preferencias? ¿Espera un tipo de arte de esta u otra manera…? El “gusto”, entendido como fuente y destino de la percepción y valoración estética discrecionales, imposibilita el juicio estético objetivo. Este parte de y se circunscribe a lo que objetivamente el creador somete a “contemplación”. Si sólo especialistas médicos pueden diagnosticar con certeza el estado de salud de los pacientes y lo hacen recurriendo a métodos científicos, igual ocurre con el arte. Ante rastros picassianos densos verificables en una obra, ¿es posible postular originalidad y creatividad total en un artista? Quizás este ejemplo pueda argumentar la objetividad del juicio estético. Su método exige “escanear” las obras sometidas a consideración y confrontarlas a una actualidad e historias sociales, científicas, tecnológicas y de las artes sin sesgo alguno, menos geográfico. Exige determinar los síntomas —evidencias— para poder diagnosticar y “cuantificar” el estado de las funciones “orgánicas” responsables de garantizar la salud y calidad de sus paradigmas irrenunciables: convencionalismo, creatividad, originalidad, calidad expresiva...